Necesitamos: Carné de conducir, DNI o pasaporte en vigor reconocidos por las leyes españolas y una tarjeta de crédito a nombre del conductor/a principal.
Los documentos necesarios para poder alquilar un vehículo con nosotros son:
- DNI o Pasaporte en vigor
- Carné de conducir y, en caso necesario, acompañado por el permiso de conducir internacional (según de dónde provenga)
- Tarjeta de crédito y/o débito (esta segunda sujeta a condiciones) a nombre del conductor principal.
Adjunto los requisitos plasmados en nuestras CCGG en el apartado 3. Conductores:
“3. Conductor(es): El Arrendatario y los conductores adicionales deben tener mínimo 18 años y presentar obligatoriamente DNI europeo o Pasaporte y permiso de conducir, ambos documentos en vigor durante todo el periodo de alquiler, en formato físico, legibles y en buen estado y aceptados por la legislación española. Son aceptados por la legislación y válidos para conducir en España los permisos de conducir en vigor de ciudadanos de la UE y del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega). Los permisos expedidos en terceros países serán aceptados si cumplen con los requisitos del art. 21 del Reglamento General de Conductores; siempre que el permiso esté en vigor, el titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente y que no haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contado desde que su titular adquiera su residencia normal en España. En el resto de casos, será necesario presentar un permiso internacional junto al permiso de conducir en vigor expedido por el país de origen. Para información adicional, recomendamos consultar la página web de la Dirección General de Tráfico española (DGT): DGT - Permisos válidos para conducir en España o contactar directamente al consulado en España del país de expedición de su permiso. Será responsabilidad del cliente realizar las comprobaciones necesarias para conocer si su permiso de conducir es válido para conducir en el territorio español. Se admitirán permisos de conducir en formato electrónico o digital, en las aplicaciones oficiales, pero no se aceptará en formato fotográfico ni copia del mismo.”